Área:
Aguas, Agricultura, Ganadería y Montes
Fecha de Publicación:
13 enero 2026
Anualidad:
2026-2027
Fecha límite de presentación:
13 febrero 2026
La presente Convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones a Entidades Local para la construcción, adecuación y conservación de:
Cercados ganaderos de diferentes tipologías, , incluyendo portillas y pasos canadienses
Construcción, adecuación, instalación y mejora de Abrevaderos y pilones para uso del ganado, así como tanques y aljibes de agua de uso exclusivo ganadero, en montes de las Entidades Locales. No se incluye como subvencionable la parte de sondeos ni captaciones.
Recuperación, adecuación y mejora de charcas naturales vinculadas al aprovechamiento por el ganado.
• Lugar de presentación
Las Entidades Locales que deseen participar en esta Convocatoria, deberán presentar la solicitud y demás documentación necesaria y/o complementaria, así como su justificación posterior, única y exclusivamente a través de la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Burgos, donde se podrá encontrar catalogada y clasificada toda la documentación necesaria identificada como “Convocatoria de cercados y abrevaderos”. No se admitirá la presentación de instancias y/o documentación necesaria ó complementaria por otros cauces de intercambio registral distintos a la propia sede electrónica de la Diputación Provincial.
Registro Electrónico Diputación
• Finalidad
Constituye la finalidad de esta Convocatoria, satisfacer las necesidades de los habitantes del Municipio y colaborar en la asistencia y cooperación económica y técnica con las Entidades Locales.
• Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones, las Entidades Locales de la provincia de Burgos, de población inferior a 20.000 habitantes.
• Acciones
Podrá ser subvencionadas la construcción, adecuación y conservación de estas infraestructuras en montes de las Entidades Locales realizados entre el 1 de enero de 2026 y el 15 de octubre de 2027.
• Requisitos
La acreditación de no incurrir en las prohibiciones para ser beneficiario, así como de estar al corriente con obligaciones tributarias y de seguridad social se realizará mediante Declaración conforme al Modelo del Anexo I que se acompaña a las Bases.
• Cuantía
• La cuantía de la subvención a conceder será del 70% del presupuesto presentado y en ningún caso podrá ser superior a 35.000€ por Entidad Local beneficiaria.
• La cuantía mínima del Presupuesto total de la obra será de 5.000€ no considerándose subvencionables importes menores.